impuestosEl Retiro es un momento trascendental en la vida de toda persona, ya que representa cosechar el resultado económico de toda una vida laboral para iniciar una etapa de descanso, tranquilidad y plenitud, entre muchas cosas más. Sin embargo, en los últimos años han surgido hechos que hacen insostenibles los esquemas actuales de pensiones y que deben ser preocupantes para cualquier individuo.  

SABÍAS QUE …

Una de las preocupaciones más importantes actualmente es el aumento de la esperanza de vida de la sociedad mexicana, así como el incremento de personas mayores de 60 años, lo anterior debido a la insuficiencia para hacer frente económica y socialmente a la manutención del retiro de dicho rubro poblacional. En sus proyecciones el Consejo Nacional de Población estimó que la esperanza de vida ha aumentado alrededor de 15 años en un periodo de cuatro décadas. Se estima que la población de adultos mayores se duplicará en menos de 25 años, al igual que la esperanza de vida aumentará.

• Sólo el 34% de la Población Económicamente Activa, cuenta con la posibilidad de cotizar en algún sistema de pensión para el retiro.

• En México, los trabajadores que ahorran mediante el sistema colectivo de pensiones (Afores), logran acumular para su retiro tan sólo el equivalente a poco más de dos años de salario, cuando la esperanza de vida como jubilado es mayor a 15 años.

Y esta problemática se agudiza cada vez más por el impacto del crecimiento de la población adulta de nuestro país: estamos dejando de ser una nación de jóvenes. En otras palabras, la pirámide poblacional se está invirtiendo.

LA SOLUCIÓN

Consolida tu plan personal de retiro, que además de garantizar solidez económica para el retiro y protección sobre la vida, ofrece la oportunidad de maximizar el patrimonio vía beneficios fiscales durante el plazo de ahorro y aún después de éste. (Autorización otorgada por el SAT oficio 330-SAT-IV-2-LGG-702/06).  

A través de este programa podrás visualizar una planeación fiscal al mismo tiempo que garantiza un ahorro para el retiro, ya que obtiene los beneficios fiscales que el Art. 151 fracción V de la LISR y los artículos relacionados a éste, ofrecen durante el plazo de ahorro:

  • Hacer deducible de impuestos la Aportación para el Retiro hasta el 10% del ingreso anual acumulable con un tope de tope de 5 Unidades de Medida Actualizada (UMA) anualizadas (1).
  • Complementar el ahorro para el retiro por medio de Aportaciones Adicionales al plan personal de retiro, las cuales una vez cumplidos 60 años más 5 años de vigencia con el plan podrá recibir “libres de Impuesto Sobre la Renta” (2).

Después de los 65 años de edad:

  • Recibe el ahorro para el retiro que fue deducible de impuestos “sin retención de impuestos”, siendo responsabilidad del Asegurado realizar la declaración de impuestos correspondiente (3).
  • Se cuenta con una exención de impuestos de hasta 15 Unidades de Medida Actualizada (UMA) anualizadas (4).
  • Además, durante el plazo contratado cuenta con protección por Fallecimiento e Invalidez, misma que podrá adaptar a sus necesidades al contratar coberturas adicionales.

 programa impuestos

Nota: (1) Art. 151 fracción V (2) Art. 93 fracción XXI (3) Art. 54 fracción I (4) Art. 93 fracción IV y V. LISR: Ley del impuesto sobre la renta.

 

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